La evaluación alternativa está regulada en el artículo 5 de la Normativa de evaluación y calificación de los aprendizajes en los grados y másteres y en el Reglamento interno de evaluación alternativa en los grados y másteres de la Facultad de Enfermeria y Fisioterapia.
La evaluación alternativa -entendiendo como tal aquella que se ofrece al alumando que, por desarrollar actividades laborales, no puede llevar a cabo la evaluación contínua- está pensada para favorecer la conciliación de la vida laboral y académica.
Para facilitar la conciliación laboral o familiar, el o la estudiante que lo desee tiene derecho a renunciar a la evaluación continuada y solicitar la evaluación alternativa durante los primeros 10 días hábiles al inicio de cada semestre, y a la realización de una evaluación alternativa. Esta prueba puede suponer hasta el 100% de la calificación. También se pueden definir diferentes evidencias de evaluación que han de incluir las actividades presenciales obligatorias en caso que se prevean en la assignatura.
Si la naturaleza de la assignatura lo requiere, será requisito indispensable para tener la opción de evaluación alternativa la asistencia a determinadas actividades presenciales.
El o la estudiante puede acogerse al modelo de evaluación alternativa por conciliación laboral como màximo en un 50% de los créditos de la titulación. La Comisión de Estudios de cada centro podrá ampliar el núemro de créditos a cursar con la evaluación alternativa en casos excepcionales.
La guía docente debe recoger el detalle de la evaluación alternativa de la asignatura.
Les Práctiques Académicas Externas, el TFG, el TFM y las asignaturas integradoras del módulo “Práctica Basada en la Evidencia en el Cuidado Integral de la Persona” del Grado en Enfermería, quedan excluidas para optar al modelo de evaluación alternativa, debido a sus contenidos y metodologías docentes específicos.
El o la estudiante que se acoge a la evaluación alternativa tiene los mismos derechos y, por tanto, tiene derecho a la recuperación en las mismas condiciones que el o la estudiante que hace la evaluación contínua.
Podrán pedir la evaluación alternativa los y las estudiantes que tengan un contrato laboral a jornada completa que no les permita seguir la evaluación continuada. Los y las estudiantes con jornada a tiempo parcial deberán acreditar incompatibilidad horaria. Será necesario justificarse documentalmente mediante el contrato de trabajo, que deberá referirse al semestre para el que se solicita.
La veracidad de la documentación acreditativa presentada por el o la estudiante será bajo su responsabilidad. En caso de confirmarse falsedad documental el o la estudiante no podrá adherirse a la evaluación alternativa y se podrá abrir un procedimiento sancionador por este hecho.
El decano o la decana resuelve la solicitud. Contra su resolución se puede interponer recurso de alzada ante el rector o la rectora en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación.